Casa Imaz Ascensores

Ley 6100-GCABA - Reglamentación CONSERVACIÓN DE LOS MEDIOS MECÁNICOS DE ELEVACIÓN

Obligaciones del Administrador/Propietario en cuanto a la conservación de los medios de transporte vertical

Todo edificio que cuente con instalación de ascensores, montacargas, escaleras mecánicas, caminos rodantes, rampas móviles para vehículos, guarda mecanizada de vehículos, montavehículos y/o medios alternativos de elevación debe disponer obligatoriamente de un servicio de mantenimiento y asistencia técnica para la conservación de los equipos y el mantenimiento de los servicios, de acuerdo a lo que se establece en los Reglamentos Técnicos. El propietario es responsable de que los medios de elevación se mantengan en perfecto estado de conservación y mantenimiento, así como de impedir su utilización cuando no ofrezcan las debidas garantías de seguridad para las personas y/o los bienes

Obligaciones y responsabilidades del Sujeto Obligado

Propietarios, copropietarios sometidos al régimen de Propiedad Horizontal y condominio, de los superficiarios, usufructuarios, usuarios, tenedores, fiduciarios o beneficiarios de fideicomisos

En aquellos edificios que cuenten con elevadores, el Sujeto Obligado deberá declararlos, a los fines de su conservación, en el Registro de Conservación de Elevadores.

Para cada elevador se deberá tramitar la obtención de la oblea con código QR, cuya lectura digital permitirá visualizar la información sobre el estado del elevador.

La oblea con código QR vencerá el 31 de diciembre de cada año, debiendo efectuar su renovación hasta el 31 de marzo del año siguiente como fecha límite. Dicha oblea deberá estar disponible dentro del elevador y también próxima al elevador –en planta baja–, en lugar visible y accesible, para su lectura.

Deberá designar una empresa conservadora por cada elevador existente.

Deberá garantizar a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras y/o la empresa conservadora, la accesibilidad al elevador instalado, como mínimo, los días hábiles en el horario de 7:30 hs. a 12:30 hs. y de 14:30 hs. a 19:30 hs. En caso de accidente o emergencia la disponibilidad será las 24 hs.

Deberá mantener apto para su uso el elevador, cumplimentar las mejoras indicadas por la empresa conservadora e impedir su utilización en caso de fallas de funcionamiento. Deberá comunicar a la empresa conservadora, las fallas que observare.

Deberá contar con planos registrados para su habilitación o inicio de trámite registro de planos ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro(con una antigüedad no mayor a dos (2) años) del elevador, conforme al Código de Edificación.

Deberá poseer póliza de seguro de responsabilidad civil y constancia de pago, con cobertura vigente para cubrir daños a personas y/o a bienes propios y/o de terceros, por el uso del elevador.

La compañía de seguros contratada debe estar debidamente inscripta en la Superintendencia de Seguros de la Nación. Al momento de contratar la póliza de seguro, el sujeto obligado debe acompañar la validación – oblea con código QR– de que la instalación reúne las condiciones necesarias de seguridad y apta para su uso, según lo informado por el representante técnico de la empresa conservadora (resultado de la lectura digital del código QR de la oblea).

En la emisión de la póliza de seguro, debe figurar taxativamente la cobertura por:

  • Daños/lesiones a personas -incluida la muerte-;
  • Daños a bienes propios y/o de terceros;
  • Toda tarea de control, mantenimiento y/o reparación que produzca un daño a los empleados de la empresa conservadora interviniente y/o a terceros.

La póliza de seguro debe ser contratada –con los montos mínimos de cobertura– según el siguiente detalle:

a) 300.000 unidades Fijas para único o primer elevador;

b) 50.000 unidades Fijas para cada elevador adicional;

Las Unidades Fijas son determinadas de acuerdo al artículo 20 de la Ley N° 451 y conforme al procedimiento establecido en el Decreto N° 70/14.

En el caso de elevador instalado en vivienda unifamiliar podrá tener cobertura equivalente a la establecida en “elevador adicional”.

El sujeto obligado es responsable de tener póliza de seguro de responsabilidad civil vigente.

 

Obligaciones de la empresa conservadora en cuanto a la conservación de los medios de transporte vertical

A continuación, se lista la documentación mínima que debe presentar y que deberá mantener actualizada una empresa, para desarrollar la actividad de conservación de elevadores.

a) Formulario de declaración jurada de solicitud de permiso;

b) Constancia de pago anual de la tasa de permiso de conservador;

c) Copia del contrato social o estatuto en el caso de tratarse de persona jurídica, documento certificado ante escribano que acredite la misma, e inscripción en la inspección general de justicia o cualquier registro público de comercio, acompañado de copia de DNI de los responsables de la sociedad. Copia de documento nacional de identidad en caso de monotributista o persona humana;

d) Constancia de inscripción ante AFIP;

e) Constancia de inscripción y libre deuda del impuesto de Ingresos Brutos;

f) Copia de la habilitación a nombre del solicitante donde desarrolla las tareas de oficina/taller/fábrica, ajustado y coherente a la actividad para la cual solicita el permiso;

g) Título de propiedad del domicilio habilitado para el uso. De corresponder, contrato de alquiler certificado y vigente para el período a otorgar el permiso, a nombre del solicitante;

h) Copia de la póliza de responsabilidad civil con cobertura para el riesgo de potenciales daños a personas o cosas, como consecuencia del desarrollo de la actividad, vigente para el periodo a otorgar el permiso;

i) Comprobante libre deuda, emitido por la Dirección General de Administración de Infracciones (DGAI) o la autoridad que la reemplace;

j) Deberá acreditar un (1) representante técnico cada doscientos cincuenta (250) elevadores, mínimo dos (2) representantes técnicos.

 

El incumplimiento de alguno de los requerimientos establecidos en las condiciones generales, podrá derivar en la interrupción, vencimiento o baja del permiso.

 

Obligaciones y responsabilidades de la Empresa Conservadora

La empresa conservadora designada por el sujeto obligado deberá realizar las tareas de conservación, instalación, control, mantenimiento, adecuación y mejoras de la instalación.

También brindará asesoramiento al sujeto obligado relacionado con el correcto uso de la instalación y el marco reglamentario. Asimismo, deberá mantener actualizada la información del estado del elevador en el registro digital de conservación.

Es responsable de verificar el cumplimiento del marco reglamentario e informar al sujeto obligado respecto de las adecuaciones técnicas y/o documentales que correspondan.

La empresa conservadora, con el objeto de atender reclamos, urgencias, emergencias y/o coordinar inspecciones asociadas al estado del elevador, contará con un teléfono de contacto directo, disponible las veinticuatro (24) horas los 365 días del año.

La empresa conservadora, a efectos de prestar servicio, deberá obtener un permiso de vigencia anual.

El servicio de conservación prestado sobre un elevador, sin el debido registro de informes será considerado una infracción a la presente. La empresa conservadora informará a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras los servicios que presta sobre elevadores que no estén registrados en el sistema digit al de conservación. Utilizará para ello el formulario que encontrará en el link: http://empresasconservadoras.agcontrol.gob.ar o el que en un futuro lo reemplace.

El representante técnico, con incumbencia en la materia y debidamente matriculado, será registrado en el sistema digital por la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras a través de su respectivo consejo profesional.

El representante técnico deberá informar, al menos una vez al mes, en el libro digital, el estado del elevador teniendo en consideración:

a) El control periódico de la instalación.

b) El mantenimiento y conservación realizados.

c) Las mejoras sugeridas.

d) Declarar otras intervenciones adicionales, en caso de corresponder.

El representante técnico informará si el elevador se encuentra o no, apto para su uso, verificando el cumplimiento y correcta ejecución de la conservación. De informar que el elevador se encuentra no apto para su uso, arbitrará los medios para retirarlo de servicio.

Las empresas conservadoras deberán realizar como mínimo las siguientes tareas de conservación y mantenimiento según el tipo de elevador.

¿Por qué decidimos certificar Normas ISO 9001-2015?

El trabajar con esta Norma de Calidad fue una decisión estratégica para mejorar el desempeño de nuestros profesionales y técnicos, a la vez, que buscamos elevar la satisfacción de nuestros clientes.

[wc_button type=»primary» url=»https://imaz.com.ar/wp-content/uploads/2018/12/OSL1630_5060_1560_0_DNV_GL_Certificate_1-59M31EI_CC.pdf» title=»Ver y descargar el Certificado» target=»blank» url_rel=»» icon_left=»arrow-circle-right» icon_right=»» position=»center» class=»»]Ver y descargar el Certificado[/wc_button]

El trabajar con esta norma nos permite enfocarnos en procesos de mejora continua, incorporando el ciclo planificar-hacer-verificar-actuar, mediante un proceso de pensamiento basado en riesgos.

El hecho de realizar mediciones de manera constante y analizar los datos, para comparar con nuestros objetivos, nos permite mejorar nuestros procesos, detectar desvíos, prevenirlos y corregirlos por medio de las no conformidades, eso mejora sustancialmente la eficiencia y eficacia reduciendo los costos de la falta de calidad, con un proceso virtuoso de mejora continua.

¿Qué fue lo que certificamos bajo normas ISO 9001-2015?

Certificamos los procesos de instalación, modernización y mantenimiento de ascensores, montacargas, escaleras mecánicas y plataformas para sillas de ruedas.

¡Y vamos por más!

En el año de nuestro 55 aniversario, apostamos en grande y con este impulso participamos en BATEV, con un stand que operó de vidriera de nuestros nuevos servicios y productos.

Además, potenciamos la estrategia de comunicación a través de contenidos profesionales de la empresa en nuestras redes sociales: Facebook, Instagram y Twitter. Además, creamos a Juan, un personaje que va a vivir en el mundo digital para reforzar toda esta nueva identidad.

Por otra parte, hemos incorporado el número + 54 9 11 5256 1283 mediante la herramienta de comunicación WhatsApp Business, para facilitar las interacción con nuestros clientes para los pedidos de servicio.

Sin duda, cumplir 55 jóvenes años en la industria del ascensor, nos compromete a elevar nuestros estándares de calidad y a seguir trabajando con mayor esfuerzo para brindar un servicio de excelencia.

Sin otro particular, reciba nuestro cálido saludo y estaremos a disposición ante cualquier consulta o duda.